Meta deberá cumplir con la orden europea de eliminar la publicidad basada en el comportamiento de los usuarios en sus plataformas
La compañía Meta, propietaria de plataformas como Instagram y Facebook, ha sido requerida por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) para eliminar la publicidad basada en el comportamiento de los usuarios en un plazo de dos semanas. Esta medida se enmarca dentro de los requisitos establecidos por el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) y la Ley de Mercados Digitales (DMA).
Adaptación a las leyes de protección de datos
Meta ha estado trabajando durante meses para cumplir con las regulaciones europeas en materia de protección de datos. Además del GDPR y la DMA, la compañía también ha ajustado su estrategia para cumplir con la Ley de Servicios Digitales (DSA), que prohíbe la presentación de anuncios basados en el uso de datos personales, especialmente dirigidos a menores.
Planes de suscripción sin publicidad
Como parte de su adaptación a estas leyes, Meta ha anunciado recientemente planes de suscripción sin publicidad en Instagram y Facebook. Estos planes, que estarán disponibles este mes, tendrán un costo de 9,99 euros al mes en la web y 12,99 euros al mes para iOS y Android. Sin embargo, la opción gratuita seguirá mostrando anuncios «relevantes» para los usuarios en los feeds de estas plataformas, utilizando su información personal.
Orden del Comité Europeo de Protección de Datos
A pesar de los esfuerzos de Meta por cumplir con las regulaciones, el Comité Europeo de Protección de Datos ha ordenado a la Comisión de Protección de Datos (DPA) que adopte nuevas medidas en este ámbito. Específicamente, se ha establecido una prohibición del tratamiento de datos personales para publicidad basada en el comportamiento de los usuarios, que se aplicará en todo el Espacio Económico Europeo (EEE).
Plazo de implementación
Meta tiene un plazo de dos semanas para implementar esta medida, considerando que la autoridad irlandesa de Protección de Datos notificó a la compañía sobre esta decisión del CEPD el 31 de octubre de este año. Esta orden se emitió después de una solicitud de la Autoridad Noruega de Protección de Datos, país que ya había prohibido la recopilación de datos por parte de Meta para fines publicitarios.
Replicación de la prohibición en toda la Unión Europea
La prohibición impuesta por Noruega se ha extendido a toda la Unión Europea, luego de ser aprobada por el Comité Europeo de Protección de Datos. La presidenta del CEPD, Anu Talus, ha explicado que esta decisión se tomó después de una cuidadosa consideración. Además, el CEPD ha recordado que esta restricción a Meta se plantea desde diciembre de 2022, cuando el EDPB declaró ilegal la forma en que la compañía obligaba a los usuarios a consentir la exposición de su información personal en sus condiciones de uso.
«Meta no ha demostrado haber cumplido con las órdenes impuestas a finales del año pasado. Ya es hora de que ajuste su formato y detenga el procesamiento ilegal», señaló Astrágalo en un comunicado.
