El impuesto a los premios de la Lotería de Navidad: ¿Cómo afecta a los ganadores

Los ganadores de la Lotería de Navidad deberán tributar el 20% de sus premios

Los afortunados que resulten ganadores del «gordo» y de los segundos y terceros premios del sorteo de la Lotería de Navidad tendrán que destinar el 20% de sus ganancias a tributar ante la Hacienda Pública. Sin embargo, es importante tener en cuenta que los primeros 40.000 euros están exentos de impuestos. En el año 2022, el gravamen especial de loterías recaudó un total de 364 millones de euros.

Gravamen especial para premios superiores a 40.000 euros

La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) organiza diversos sorteos, incluyendo el especial de Navidad que se celebra este viernes. Según la Agencia Tributaria, todos los premios que superen los 40.000 euros están sujetos al pago de un gravamen especial.

Este impuesto se aplica mediante una retención, lo que significa que la propia Selae deducirá el gravamen correspondiente del premio en el momento del pago. De esta manera, los ganadores no tendrán que realizar ningún trámite adicional.

De acuerdo con la normativa actual, los premios inferiores a 40.000 euros están exentos del gravamen especial de loterías. Sin embargo, aquellos que superen esta cantidad deberán tributar el 20% de la parte que exceda los 40.000 euros. Por ejemplo, si se gana el «gordo» de 400.000 euros, los primeros 40.000 euros estarán exentos y se tributará por los 360.000 euros restantes. Esto significa que Hacienda se quedará con 72.000 euros y el ganador recibirá 328.000 euros.

En el caso de un segundo premio de 125.000 euros, se tributará por los 85.000 euros no exentos, lo que dejará a Hacienda con 17.000 euros y al ganador con 108.000 euros. Por otro lado, los ganadores de un tercer premio de 50.000 euros deberán tributar 2.000 euros, quedándose con 48.000 euros, mientras que el resto de premios están exentos al no alcanzar los 40.000 euros.

¿Qué ocurre si los premios son compartidos?

La Agencia Tributaria explica que cuando los premios son compartidos con amigos o familiares, los 40.000 euros exentos de tributación deben repartirse proporcionalmente según la participación de cada uno. La persona encargada de esta tarea será considerada como beneficiario único o gestor de cobro y deberá poder demostrar ante la Agencia Tributaria que se ha realizado el reparto y ser capaz de identificar a todos los ganadores.

A partir del año 2013, los premios de Loterías del Estado, comunidades autónomas, la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), Cruz Roja Española y entidades similares europeas que superen un umbral determinado están gravados con un tipo impositivo del 20%. Este umbral ha ido variando a lo largo de los años, siendo de 2.500 euros hasta 2017, luego aumentando a 10.000 euros en 2018, 20.000 euros en 2019 y finalmente 40.000 euros a partir de 2020.

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