La búsqueda del MIB de permiso para publicar comentarios sobre el proyecto de ley de radiodifusión

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El Ministerio de Información y Radiodifusión («MIB») había recibido solicitudes en virtud de la Ley de Derecho a la Información («RTI») de 2005 para compartir las respuestas o copias de las respuestas que recibió sobre el Proyecto de Ley (Reglamento) de Servicios de Radiodifusión de 2023 (» Proyecto de Ley de Radiodifusión”). Después de esto, MIB escribió a varias personas y organizaciones solicitando su permiso para compartir su respuesta a la consulta con el solicitante que lo solicitaba. Como uno de los participantes y partes interesadas invertidas, escribimos al MIB dándole nuestro consentimiento y solicitándoles que hicieran públicas estas respuestas de manera proactiva.

Cronología de la correspondencia

  • El 10 de noviembre de 2023, MIB publicado el proyecto de ley de radiodifusión en su sitio web e invitó al público a formular comentarios al respecto.
  • El 07 de diciembre de 2023 compartimos nuestra comentarios sobre el proyecto de ley de radiodifusión.
  • El 23 de febrero de 2024, nosotros escribió a MIB solicitando la publicación de todos los comentarios recibidos sobre el Proyecto de Ley de Radiodifusión en el sitio web del Ministerio, con la información de identificación personal (“PII”) de los encuestados individuales redactada.
  • El 23 de febrero de 2024, también presentamos una Aplicación RTI (Nº de referencia: MOIAB/R/E/24/00111) solicitando al MIB detalles y copias de las respuestas de consulta recibidas para el Proyecto de Ley de Radiodifusión.
  • El 1 de marzo de 2024, la oficina de MIB nos escribió a nosotros, y también a algunas de las otras partes interesadas que participaron en el proceso de consulta, informándonos que se solicitaba al Ministerio que compartiera nuestros comentarios o sus copias sobre el Proyecto de Ley de Radiodifusión bajo el Ley RTI de 2005. En esta solicitud, nos pidieron que compartiéramos nuestro consentimiento dentro de los 10 días posteriores a la recepción del correo electrónico. (Suponemos que MIB está en proceso de escribir a cada parte interesada que participó).
  • El 1 de marzo de 2024, nosotros proporcionó nuestro consentimiento al Ministerio.
  • El 4 de marzo de 2024, nosotros escribió a ellos una vez más, reiterando la importancia de hacer públicas todas las respuestas a las consultas. Hicimos hincapié en la necesidad de manejar con sensibilidad los datos personales de las personas que participaron en el proceso de consulta y sugerimos redactar sus nombres, ID de correo electrónico, números y otra información de identificación personal antes de hacer públicos los documentos.

Redactar y revelar

Las consultas son importantes para la toma de decisiones democrática y la publicación de las respuestas es un paso hacia el aumento de los estándares de transparencia en el proceso de consulta. Permitir que las partes interesadas accedan a las respuestas, así como la oportunidad de interactuar con ellas a través de contracomentarios, fomentará un debate y un diálogo significativos sobre el tema en cuestión. La publicación de las respuestas aumentará la responsabilidad organizacional y también permitirá un mejor análisis, comprensión y crítica justa de las diversas perspectivas presentadas. Por lo tanto, instamos a MIB a publicar de manera proactiva los comentarios recibidos durante cualquier consulta y al mismo tiempo redactar la PII de las partes interesadas individuales. Si bien el Ministerio debe hacerlo para garantizar que se proteja la privacidad, debe esforzarse por conservar los nombres de las organizaciones junto con sus comentarios, de modo que el público esté al tanto de las posiciones políticas de una organización sobre los asuntos que les afectan.

Documentos importantes

  1. Proyecto de ley (regulación) de servicios de radiodifusión, 2023 (enlace)
  2. Nuestra respuesta a la consulta sobre el proyecto de ley de radiodifusión (enlace)
  3. Carta a MIB solicitando la publicación de comentarios (enlace)
  4. Solicitud de RTI que solicita copias de las respuestas de la consulta (enlace)
  5. Carta a MIB dando consentimiento para compartir nuestros comentarios (enlace)
  6. Carta a MIB sobre su correo electrónico solicitando consentimiento (enlace)

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