Moraes suspende resolución del CFM que prohibía la asistolia fetal

El ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), Alexandre de Moraes, ordenó este viernes (17) la suspensión de la resolución aprobada por el Consejo Federal de Medicina (CFM) que prohibía la realización de la llamada asistolia fetal para interrumpir un embarazo. El procedimiento es utilizado por la medicina en casos de abortos previstos por la ley, como en el caso de violación.

La decisión de Moraes fue motivada por una acción interpuesta por Psol. En abril, el Tribunal Federal de Porto Alegre suspendió la norma, pero la resolución volvió a entrar en vigor después de que el Tribunal Regional Federal (TRF) de la IV Región anulara la decisión.

En la decisión, el ministro consideró que hubo un «abuso de la facultad reglamentaria» del CFM al establecer una norma no prevista por la ley para prevenir la asistolia fetal en casos de embarazo resultante de una violación.

Moraes también recordó que el procedimiento sólo puede ser realizado por un médico con el consentimiento de la víctima. «La ley penal no establece expresamente limitación circunstancial, procesal o temporal para la realización del llamado aborto legal, cuya legalidad, dados tales supuestos, y en cumplimiento de principio, será plenamente sancionada», concluyó.

Al redactar la resolución, el CFM entendió que el acto médico de asistolia provoca la muerte del feto antes del procedimiento de interrupción del embarazo y decidió vetar el procedimiento.

“El médico tiene prohibido realizar el procedimiento de asistolia fetal, acto médico causante de feticidio, previo a los procedimientos de interrupción del embarazo en los casos de aborto previstos por la ley, es decir, feto producto de violación, cuando exista probabilidad de supervivencia. del feto en edad gestacional superior a 22 semanas”, definió el CFM.

Tras la publicación de la resolución, la norma fue impugnada por varias entidades.

*Artículo ampliado a las 17:48

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