EL registro de pensionados que continúan trabajando en el especial plataforma electrónica e-EFKA continúa y ha superado todas las expectativas, con Las inscripciones, hasta el 4 de julio, ya ascienden a 182.700.
La supresión de la retención del 30% sobre las pensiones de los pensionados que optan por trabajar, aprobada con la Ley 5078/2023, ha tenido resultados sumamente positivos. En el sistema anterior sólo 36.000 pensionados declaraban que seguirían trabajando después de la jubilación.
Hasta finales del año pasado (31 de diciembre de 2023), los pensionistas que optaban por trabajar perdían el 30% de su pensión como penalización. Según e-EFKA, aunque el recorte del 30% previsto por la ley Vroutsis fue más favorable que el recorte del 60% previsto por la ley Katrougalos, los pensionistas se vieron frenados.
Con la nueva ley de seguros 5078/2023, a partir del 1 de enero de 2024, los pensionados que declaren que continúan o seguirán trabajando reciben su pensión completa. Si trabajan por cuenta ajena, pagan un impuesto a la e-EFKA equivalente al 10% de su salario y, si optan por declararse autónomos, pagan un impuesto adicional del 50% de la categoría de seguro elegida.
Además, la disposición favorable actúa como catalizador para eliminar el trabajo “en negro” que existía en torno al empleo de los pensionados. Con esta medida no sólo luchamos contra el trabajo no asegurado y no declarado, sino que también se convierte en trabajo legal, con el resultado de que aumentarán los ingresos del fondo público y de e-EFKA.
los deudores
La declaración de trabajo es obligatoria para cuatro categorías de pensionistas:
Los pensionistas de e-EFKA que empezaron a trabajar en cualquier momento antes de la entrada en vigor de la decisión y siguen trabajando hasta el día de hoy.
Pensionistas e-EFKA que comenzaron a trabajar a partir del 1/1/2024, incluso si su relación laboral terminó.
Quienes hayan presentado o presenten una solicitud de jubilación y continúen su relación laboral sin interrupción.
Quienes solicitan una pensión y comienzan a trabajar después de haberla presentado.
El proceso
El proceso de solicitud es extremadamente rápido y sencillo. Los pensionistas dependientes deberán presentar en el sitio web de e-EFKA una declaración declarando tanto la incorporación al empleo como el cumplimiento de las condiciones para la exención del pago de recursos a favor de e-EFKA o del pago de cotizaciones al seguro.
No declarar/multar
En los casos en que la e-EFKA determine que el pensionado no presentó ninguna declaración mientras trabajaba, se le impondrá una multa equivalente a 12 meses de la pensión principal y auxiliar. Cada mes se retendrá el 25% de la pensión hasta pagar el importe total.
Excepciones
Los siguientes casos de empleados pensionados están excluidos del pago de un recurso a favor de e-EFKA y pagan únicamente las cotizaciones prescritas al seguro, por inclusión obligatoria en el seguro de la institución:
a) Las personas con discapacidad mental a que se refiere el artículo 23 de la Ley 4488/2017 (A’ 137).
b) Pensionistas de la Ley 612/1977 (A’ 164) y las disposiciones en ella previstas.
c) Los pensionistas a que se refiere el tercer párrafo de la letra a’, apartado 1, artículos 1 y 26 del decreto presidencial 169/2007 (A’210).
d) Quienes perciban el subsidio extrainstitucional o el subsidio correspondiente a que se refiere el artículo 54 del Decreto Presidencial 169/2007.
e) Los que tengan muchos hijos, de los cuales al menos uno de ellos sea menor de edad o estudie en centros de enseñanza secundaria o superior y hasta que cumpla los 24 años de edad o sea incapaz de realizar algún trabajo de subsistencia.
f) Las materias a que se refiere el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 4387/2016 (A’ 85).
g) Pensionistas, por invalidez (por enfermedad común, accidente de trabajo, accidente fuera del trabajo, enfermedad profesional). (Circulares 1/2024 y 10/2024).
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