Declaraciones de impuestos: Contadores – Contribuyentes en crisis – ¿Prórroga o multas? – 2024-07-22 13:43:05

Los contables y expertos en impuestos están al borde de un ataque de nervios. El plazo para presentar las declaraciones de impuestos normalmente expira en ocho días y alrededor de 1,5 millones de declaraciones de impuestos para personas físicas y más de 120.000 declaraciones para personas jurídicas no han sido presentadas. Al Ministerio de Hacienda y a la AADE llegan solicitudes de prórroga del plazo, y los contables citan errores y omisiones en el sistema de presentación de informes y la incapacidad de cumplir con sus obligaciones profesionales.

Por su parte, el Ministerio de Hacienda habla del alto ritmo de presentación de declaraciones de impuestos en los últimos días (incluidas más de 100.000 declaraciones diarias los martes y miércoles) y estima que el proceso podrá finalizar antes del 26 de julio de 2024, que vence según para programar.

Multas
En el centro de la disputa entre los contables y los ingresos fiscales se encuentran cientos de miles de contribuyentes que se arriesgan a multas de entre 100 y 500 euros y a un aumento de impuestos si sus declaraciones se presentan después de la > del 26 de julio. Quien presente la declaración inicial o rectificativa fuera de plazo no pagará la sanción siempre que el impuesto no supere los 100 euros.

Sin embargo, a los contribuyentes con liquidación de deudas se les cobrará un interés del 0,73% por cada mes de retraso desde la fecha de vencimiento del pago del impuesto.

Declaración correctiva tardía
Para los contribuyentes que presenten declaraciones de impuestos enmendadas tardíamente con un estado de cuenta, se aplica lo siguiente:

1. Si de la declaración inicial en plazo la declaración de compensación fue cero o crédito y la declaración rectificativa da lugar a un pago adicional del impuesto de hasta 100 euros, no se aplicará ninguna penalización por presentación fuera de plazo.

2. Si de la declaración original en plazo resultase una cuota nula o deducible y como consecuencia de la modificación tardía se hubiera producido un impuesto adicional superior a 100 euros, se impondrá multa:

100 euros si el contribuyente no es autónomo ni empresario.
250 euros si el contribuyente es autónomo o empresario y lleva libros sencillos
500 euros si el contribuyente es empresario o trabajador autónomo y mantiene doble partida.
3. Si la declaración rectificativa tardía da lugar a un incremento del impuesto superior a 100 euros, se aplicará la sanción pecuniaria:

100 euros si el contribuyente no es autónomo ni empresario.
250 euros si el contribuyente es autónomo o empresario y lleva libros sencillos
500 euros si el contribuyente es empresario o trabajador autónomo y mantiene doble partida.

Fuente: ot.gr

#Declaraciones #impuestos #Contadores #Contribuyentes #crisis #Prórroga #multas

You may also like

Leave a Comment