Bruselas insta a España a poner fin a las ‘condiciones discriminatorias’ de las medidas provisionales | Economía

Nuevo choque entre España y las instituciones europeas por las condiciones laborales de los trabajadores temporales en la administración pública. Esta vez se trata de una «discriminación contraria al Derecho de la UE» entre empleados públicos permanentes y temporales. Y, por ello, la Comisión Europea reabre un expediente que mantiene desde hace 10 años y que había suspendido porque España había cambiado la ley. Pero «persisten los problemas de discriminación» y ello lleva al Ejecutivo sindical a retomar el procedimiento de infracción y dar al Gobierno dos meses para resolver la situación o justificar que la diferencia de trato responde a «razones objetivas». como se anunció este jueves. Si no lo hace, Bruselas continuará un juicio que podría llevar al Estado español ante la justicia europea.

La lista de desacuerdos que España tiene con las instituciones europeas por las diferentes condiciones laborales de los trabajadores temporales en el sector público o cómo se castiga el abuso del trabajo temporal por parte de la Administración, suma este jueves un capítulo más. Las normas europeas no distinguen entre empleados del sector privado y empleados del sector público. Además, dentro de estos últimos no ocurre lo mismo entre empleados y empleados públicos (estos últimos sujetos a su propio estatuto). España hace esto y esto da lugar a diferencias en las condiciones laborales de algunos empleados. Los enfrentamientos más sensacionales se produjeron en el Tribunal de Justicia de la UE, pero éste no fue el único escenario.

Lo que ahora se reactiva se produce en el marco de los llamados procedimientos de infracción, un mecanismo con el que el Ejecutivo de la Unión tiene que abrir un expediente contra un Estado miembro que aprueba normas que no respetan la legislación comunitaria o que no la transponen adecuadamente. , y que esto también puede dar lugar a un recurso ante la justicia europea. En este caso se trata de un procedimiento abierto en 2014, cuando la belga Marianne Thyssen era comisaria de Empleo, porque España no tenía en cuenta la temporalidad de los empleados públicos en el cálculo de las subidas salariales (tres y seis años) ni de los ascensos. y no sólo para quienes aún tenían contrato de duración determinada, que no tenían acceso a la misma carrera profesional que los fijos, ni tampoco computaba para quienes habían obtenido un puesto indefinido estando anteriormente con contrato de duración determinada.

España intentó hacer entender a la Comisión que la diferencia de trato entre funcionarios permanentes e interinos estaba justificada por razones objetivas, como no pertenecer a la misma categoría o el hecho de que unos tenían un vínculo permanente con el trabajo empleador (la Administración) y otros , sólo temporal. Pero para el Ejecutivo europeo estos argumentos no eran válidos y acabó abriendo el expediente alegando que «la legislación española prevé condiciones laborales menos favorables (como el derecho a vacaciones) para los empleados con contrato de duración determinada que trabajan en el sector público». “Los españoles, frente a los asalariados fijos”.

La comunicación conocida el jueves admite que el Gobierno español ha aplicado reformas para corregir esta situación, pero también infiere que éstas no han sido suficientes a ojos de Bruselas: “La segunda carta de emplazamiento adicional aborda las diferencias de trato en relación con el cálculo de la antigüedad, el derecho a determinados tipos de permisos o el acceso a carreras profesionales», explica el comunicado difundido por la Comisión, que da ahora dos meses «para corregir las deficiencias denunciadas».

En caso contrario, la Comisión continuará el procedimiento de infracción enviando un dictamen motivado al Gobierno. Si la situación no se resuelve tras esta solicitud, Bruselas llevará al Estado miembro ante los tribunales de Luxemburgo. La vía elegida por el Ejecutivo comunitario para este procedimiento no prevé ninguna sanción si los jueces fallan en contra de España.

Junto a este expediente, a menos de una semana de la llegada de agosto, Bruselas anunció el jueves medio centenar de decisiones sobre procedimientos de infracción, la mayoría de las cuales afectan a más de un país. En el caso de España, además del tema de los funcionarios, hay decisiones sobre otras siete cuestiones que van desde no haber facultado adecuadamente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para hacer cumplir la regulación europea de servicios digitales, falta lo que comparte con Bélgica , Luxemburgo, Países Bajos y Suecia; hasta la transposición incompleta de la Directiva sobre reestructuración y resolución bancarias.

La Comisión también advirtió a España por «la prohibición impuesta de cotizar a planes de pensiones personales y laborales por encima de las cantidades máximas deducibles a efectos fiscales». Bruselas cree que esto «podría entrar en conflicto con la libre circulación de trabajadores, servicios y capitales y con el derecho de establecimiento garantizado por los Tratados». En el mismo ámbito, el del ahorro para pensiones, el Ejecutivo de la Unión ha abierto un expediente contra España y Portugal por no «notificar las normas sobre sanciones administrativas y otras medidas aplicables a las infracciones de la regulación sobre el producto de pensiones individual paneuropeo». Las otras tres comunicaciones se refieren al plan de prestaciones y precios de los servicios de navegación aérea del Cielo Único Europeo, al incumplimiento de los objetivos de recogida y reciclaje y a la transposición incompleta de una directiva de crédito.

España es, junto con Grecia, el país con los procedimientos de infracción más abiertos de la UE. Según datos de finales de 2023, había 44 expedientes abiertos frente a una media de 26 entre los Veintisiete. Además, el tiempo que tarda Madrid en resolver estos diferendos con Bruselas supera al del resto de socios: 63,2 meses, frente a una media de 36.

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