En respuesta a la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos de que «restringir el cabello de los estudiantes es una violación de los derechos humanos», la escuela respondió: «Seguiremos las reglas escolares existentes».

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Las escuelas a las que la Comisión Nacional de Derechos Humanos recomendó que dejaran de recortar excesivamente a los estudiantes respondieron que no aceptarían la decisión.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (en adelante, la Comisión de Derechos Humanos) aconsejó al director de una escuela secundaria pública ubicada en Busan que «dejara de restringir uniformemente los cambios en el cabello de los estudiantes, como tintes o permanentes», pero la escuela «decidió seguir reglas escolares existentes.» Anunció el día 9 que había comunicado su intención.

El denunciante, que era un estudiante de secundaria, presentó una denuncia diciendo: «La escuela está restringiendo la libertad del cabello al prohibir teñir y hacer permanentes». Agregó que los estudiantes son obligados a usar uniformes escolares cuando van a la escuela y también se les prohíbe usar accesorios como aretes, collares y pulseras.

Tras la investigación, se estableció que el “uso forzoso de uniformes escolares” y la “prohibición de llevar accesorios” planteados por el autor no constituían violaciones de derechos humanos. Esto se debe a que la escuela permite a los estudiantes usar libremente sus uniformes de gimnasia y ropa de uso diario en la escuela.

Sin embargo, en el caso de las restricciones capilares, establece que «se podrá elegir voluntariamente un tipo de cabello que no interfiera con el aprendizaje», pero está prohibido teñirse y hacerse permanentes. Se confirma que en caso de violación de la legislación pertinente, el estudiante tiene aproximadamente 2-3 semanas para encargarse de arreglarse el cabello.

La Comisión de Derechos Humanos recomendó una revisión de la normativa, diciendo: “En cuanto a las restricciones sobre el cabello, hay partes que limitan excesivamente el derecho a expresar la individualidad”. Decidir cómo un individuo mantendrá su apariencia, incluido su cabello, es el derecho a expresar libremente su individualidad y es un área de autodeterminación.

La escuela anunció su intención de no acceder a la solicitud. Ellos respondieron: “La regulación del cabello se basó en las opiniones de toda la comunidad educativa y siguió las reglas escolares existentes”.

Como resultado, el Comité de Derechos del Niño de la Comisión de Derechos Humanos determinó que la escuela no aceptó las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos porque no se puede decir que las recomendaciones de la Comisión hayan sido implementadas y es difícil decir que las opiniones de los estudiantes han sido reflejado. Lamentando esto, la escuela anunció la información relevante, considerando que era necesario recordar a los estudiantes su responsabilidad de respetar y proteger sus derechos humanos según lo estipulado en la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

Las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos no son vinculantes. Sin embargo, según el artículo 25 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos, el jefe del organismo pertinente debe notificar el motivo del incumplimiento de la recomendación, y la Comisión de Derechos Humanos puede anunciar los detalles si es necesario.

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