2024-09-05 00:24:06
El veto del presidente JavierMileyLa ley de movilidad de pensionados aprobada la semana pasada por el Senado ya entró en Diputados, por lo que a partir de ahora se activarán las gestiones para ver si el Congreso podrá insistir en el proyecto.
La primera oposición formal del Jefe de Estado a una ley sancionada se publicó ayer en el Diario Oficial. Aunque se planteó la hipótesis de un veto parcial, al final se llegó a un rechazo total.
La facultad de veto es una prerrogativa que la Constitución nacional atribuye al Presidente de la Nación, quien puede ejercerla sobre todo tipo de leyes, con excepción de aquellas que requieran una consulta popular vinculante o aquellas aprobadas por el pueblo en el contexto de una consulta popular. Consulta popular vinculante.
Esta posibilidad aparece en la Constitución Nacional, precisamente en el artículo 83, que dice: “Si un proyecto es rechazado total o parcialmente por el Ejecutivo, éste regresa con sus objeciones a la Cámara de origen; Lo vuelve a discutir y, si se confirma con una mayoría de dos tercios de los votos, vuelve a la Cámara de Revisión. Si ambas Cámaras lo aprueban por igual mayoría, el proyecto se convierte en ley y pasa al Ejecutivo para su promulgación. En este caso los votos de ambas cámaras serán nominales, sí o no; y tanto los nombres y motivos de los electores, como las objeciones del Ejecutivo, serán inmediatamente publicados en la prensa. Si las Cámaras difieren sobre las objeciones, el proyecto no podrá repetirse en las sesiones de ese año.»
Ahora, ante un veto total, las Cámaras no tienen plazo para rechazar el veto. El veto se comunica a la Cámara de origen del proyecto, por lo que corresponde a los Diputados. En este caso será analizado por las comisiones que lo atendieron con prontitud, porque requiere que decidan acudir al despacho. Sin embargo, el hecho de que llegue a los comités no significa que se pueda cambiar nada; Sólo es cuestión de aceptar el veto, o insistir.
La Cámara de Origen
El proyecto llegará luego a la Cámara de origen, en este caso de Diputados, donde deberá obtener dos tercios de los votos de los presentes para rechazar el veto y continuar su recorrido. Para frenar cualquier intento en la Cámara, Milei deberá reunir 77 testamentos.
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Si pasa el filtro de Diputados, el proyecto insistido regresará al Senado. Allí. Si obtiene dos tercios de los presentes, el Ejecutivo está obligado a promulgarlo. Sin embargo, si una de las dos Cámaras no tiene dos tercios, el proyecto ya no puede discutirse en las sesiones de ese año y se mantiene el veto.
Desperdiciar
“El Presidente vetó el aumento a los jubilados promulgado por el Congreso. El gobierno les niega un aumento del umbral mínimo equivalente a tres kilos de carne picada al mes. O tres cajas de ibuprofeno al mes. O cuatro kilos de hierba al mes. Ante un gobierno insensible los argentinos no podemos darle la espalda a nuestros pensionados. Hay que persistir con la ley en defensa de nuestros mayores”, afirmó el presidente de la UCR, senador Martín Lousteau.
Mientras tanto, el líder del grupo Movimiento por la Integración y el Desarrollo (MID), bloque aliado del oficialismo, Oscar Zago, confirmó que trabajarán para que el Congreso no insista en la reforma de las pensiones.
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“Había maneras y maneras. ¿O cree que el gobierno quiere vetar por vetar? El presidente quiere traer buenas noticias. Hay que tener más diálogo entre el Congreso y el Ejecutivo y hay que aceitar ese vínculo porque Milei tiene dificultades con la línea política y no le gusta”, agregó Zago.
