Casi 500 mil honorarios están cubiertos por el seguro contra accidentes de trabajo

Los trabajadores por cuenta propia que hayan realizado la Operación Renta 2024 quedan automáticamente protegidos por el Instituto de Seguridad Laboral.

Santiago. 08/2024. La cobertura comenzó el 1 de julio para los trabajadores asalariados que presentaron sus declaraciones de impuestos bajo la Operación Renta 2024. Las retenciones incluyen el pago de aportes de salud, ahorro de fondos de pensiones y seguros de invalidez y sobrevivencia (SIS), ley SANNA (patria potestad). al subsidio por licencia médica en caso de enfermedad o lesión grave de un hijo o hija) y el Seguro contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a que se refiere la ley 16.744, administrado por el Instituto de Seguridad en el Trabajo (ISL).

Según el primer informe de la Tesorería General de la República, del 1 de julio al 30 de junio de 2025 se registraron en el ISL 467.349 trabajadores, de los cuales 161.646 fueron nuevos y 305.703 permanecieron protegidos respecto al período anterior. Esto se debe a la Ley 21.133, que estableció la obligación de cotización progresiva para los trabajadores por cuenta propia, con ingresos mediante nóminas, para ser cubiertos por las prestaciones de la seguridad social.

El ISL brinda apoyo en la prevención y en caso de lesión o enfermedad en el trabajo, atención médica y de rehabilitación, prestaciones por incapacidad laboral (licencias médicas), pensiones de vejez, asignaciones, pensiones de sobrevivencia, entre otros.

En ese contexto, la directora nacional del ISL, Aida Chacón, precisó que «las prestaciones que brinda el ISL en caso de accidente de trabajo o en viaje consideran la recuperación total, es decir, en caso de necesidad de terapias, kinesiología, prótesis y también la reconversión profesional, si el trabajador no puede continuar ejerciendo la profesión u oficio a causa del accidente o enfermedad profesional. Para ello cuenta con una serie de convenios que abarcan tanto la red sanitaria pública como la privada.»

“Invitamos a los trabajadores asalariados a registrarse en el sitio web isl.gob.cl y decirnos cuál es su ocupación, porque de esta manera podremos saber qué coberturas preventivas podemos brindarles y, al mismo tiempo, estarán poder ver los centros más cercanos de la red de proveedores en caso de que se necesite un tratamiento temprano”, añadió.

Quienes se dedican a esta industria pueden obtener más información en honoraria.isl.gob.cl o en el Callcenter 600 586 9090.

2024-09-15 02:07:06
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