El estado mexicano de Jalisco despenaliza el aborto gratuito hasta la semana 12 de gestación

Guadalajara (México), 4 de octubre. (EFE).- El Congreso de Jalisco (occidente de México) despenalizó este viernes el aborto gratuito hasta la semana 12 de gestación para todas las mujeres y embarazadas, en una sesión extraordinaria en la que se derogó este delito del código penal estatal.

En un debate pospuesto por aproximadamente 9 horas, todo el Congreso estatal votó en secreto el dictamen de reforma en la primera vuelta, en la que hubo 18 votos en contra, 18 a favor y 2 abstenciones. En la segunda vuelta la votación fue a favor del dictamen con 20 votos a favor, 16 en contra y 2 abstenciones.

Con esto, Jalisco, uno de los estados más conservadores de México, se convierte en el número 14 en reformar su legislación para permitir el aborto gratuito y garantizar a todas las mujeres y embarazadas el derecho a decidir.

Los estados en los que ha sido despenalizado son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa y Veracruz.

El proyecto de dictamen deroga el artículo 227 relativo al aborto y modifica el artículo 228 para permitir que el aborto gratuito no sea castigado hasta la duodécima semana de gestación, y además introduce el artículo 228 bis que prevé sanciones penales para quien obligue a la mujer a abortar sin su consentimiento. consentimiento con o sin violencia.

También agrega dos motivos para excluir a la mujer de cualquier sanción cuando la mujer acredite que alguna autoridad le negó el servicio antes de las 12 semanas o cuando una patología ginecológica le impidió conocer sobre su embarazo antes de ese período.

También incluye la posibilidad de que la mujer opte por el aborto después de las 12 semanas si se encuentra en un contexto de pobreza o vulnerabilidad social, y le permite solicitar «un proceso de atención integral» a las instituciones del gobierno estatal luego del proceso de aborto.

Desde 2021, obligado por la acción de inconstitucionalidad 148/2017 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso del Estado aprobó la reforma al Código Penal para despenalizar el aborto únicamente por razones de riesgo para la salud o la muerte de la mujer. violación o aborto ilegal.

Sin embargo, el Código también castiga con pena de prisión de hasta un año a quien interrumpa voluntariamente un embarazo o permita que otra persona lo realice dentro de los primeros cinco meses de gestación, y con pena de prisión de hasta dos años a quien lo haga después del embarazo. quinto mes.

El 25 de abril, el Segundo Tribunal Colegiado en materia penal del Tercer Circuito falló a favor del amparo en examen 344/2023 en el que declaró inconstitucionales los artículos del código penal que prohíben absolutamente el aborto electivo y ordenó al Congreso local derogar la Derecho penal del aborto voluntario y permitido.

Durante la jornada, grupos y organizaciones pro vida y pro aborto se manifestaron frente al Congreso local, protegido por vallas y elementos de seguridad, para apoyar su causa. No se reportaron accidentes.

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2024-10-05 17:31:06

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