Abogan por sancionar a quienes cometen maltrato animal

El diputado Byron Rodríguez presentó una iniciativa para crear el artículo 347 F en el Código Penal, con el único objetivo de sancionar a quienes sean declarados culpables de maltrato animal. El legislador explicó que su propuesta busca cambiar la percepción social sobre este tema.

Rodríguez precisó que la propuesta prevé penas de prisión mínima de dos años y máxima de cuatro y también prevé sanciones económicas con multas que pueden llegar hasta tres salarios mínimos.

Rodríguez precisó que la iniciativa contra el maltrato animal fue presentada junto al diputado Jaime Lucero. El legislador agregó que el objetivo es que las personas condenadas por maltrato animal reciban alguna sanción.

«El Congreso impulsa un proyecto de ley que pretende tipificar un delito en el Código Penal y sancionar con pena de prisión de dos a cuatro años a quien maltrate a los animales, los envenene o en general les cause algún daño», explicó el diputado.

Rodríguez agregó que la propuesta tiene como objetivo “investigar de oficio las denuncias de maltrato animal” para que el poder judicial autorice incautaciones y allanamientos. El funcionario dijo que la medida estaría dirigida a quienes cometan algunos de los elementos comprendidos dentro del delito que pretenden generar.

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Sanciones por crueldad animal

El diputado añadió que “las sanciones pueden cambiar la percepción social sobre el respeto a los animales”. El legislador subrayó que “esta reforma es fundamental para fortalecer la protección animal y promover una sociedad más ética”.

“Proponemos la inclusión de un delito específico de abuso en el código penal guatemalteco, que incluiría definiciones claras Y sanciones apropiadas como penas de prisión y multas importantes”, explicó.

Asimismo, Rodríguez indicó que se busca una sociedad responsable, sustentada en la responsabilidad del Estado de “velar por el bienestar de todos los seres vivos”.

El político explicó que por eso se intenta crear “el artículo 347 F del código penal”.

Según el legislador, el artículo 347 quedaría así: “Quien cause la muerte de un animal con procedimientos que generen o prolonguen el sufrimiento del animal, comete el delito de maltrato o crueldad hacia los animales”.

Asimismo, destaca la acción de “envenenar o intoxicar a un animal utilizando cualquier sustancia venenosa o tóxica, líquida, sólida, gaseosa, volátil, mineral u orgánica, sin razón técnica o científica”.

En otro aspecto, el ponente dijo que también se espera “el abandono de sustancias venenosas nocivas en lugares accesibles a animales o personas”. El parlamentario agregó que el acto de “enterrar un animal vivo” acarrearía entre 2 y 4 años de prisión y una multa equivalente a tres salarios mínimos”.

Con información de la periodista Dayana Rashon de Emisoras Unidas 89.7F M.


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