El proceso de desmaterialización de los certificados de ahorro comienza el viernes para «modernizar y simplificar la gestión» de estos títulos de deuda pública, teniendo los ahorradores cinco años para convertirlos a formato digital, anunció este jueves el Gobierno.
En un comunicado, el Ministerio de Hacienda señala que, hasta el 27 de febrero de 2025, el Organismo del Tesoro y Gestión de la Deuda Pública (IGCP) dará a conocer los procedimientos a seguir para esta conversión a un formato exclusivamente digitaleliminando la necesidad de títulos físicos.
Una vez iniciado este proceso, los ahorristas tienen cinco años, hasta noviembre de 2029, para convertir sus títulos de deuda a formato digital.
La entrada en vigor, el viernes, del proceso de desmaterialización de los certificados de ahorro de las series A, B, C y D cumple con lo dispuesto en el decreto-ley n. 79/2024, de 30 de octubre de 2024, y tiene como objetivo. “modernizar y simplificar la gestión de estos títulos de deuda públicareforzando las condiciones de accesibilidad y protección de los ahorradores, haciéndolos aún más seguros”.
Los certificados de ahorro caducan 20 años después de la muerte. Gobierno cambia ley que genera litigios entre el Estado y los herederos desde hace años
El Ministerio de Hacienda aclara que esta conversión es voluntaria, y los interesados pueden acudir a alguna de las sucursales de las instituciones autorizadas para este efecto (en el CTT, Agencia de Modernización Administrativa – AMA, instituciones financieras autorizadas o IGCP), desde la fecha hasta ser comunicado por el PICG.
Según explica, “al pasar a un formato exclusivamente digital, los certificados de ahorro quedan registrados en una cuenta, de forma sencilla, gratuita y segura, manteniendo su respectivo valor y condiciones contractuales”.
Los valores que no se conviertan en un plazo de cinco años se amortizarán automáticamente, teniendo su tenedor derecho a un reembolso. El monto de esta devolución será transferido a una cuenta abierta en el IGCP, a nombre del respectivo titular, sin derecho a intereses a partir de esa fecha, pero sin pérdida alguna del capital invertido y de los intereses capitalizados hasta entonces.
El Gobierno señala además que, “con el traslado de estas series al formato digital, ya no es necesaria la figura del promotor”, pero su eliminación “no afecta la posibilidad de que los titulares de certificados de ahorro puedan designar apoderados para las mismas objetivo» .
En este sentido, una instrucción del Consejo Directivo del IGCP, publicada este jueves en el Diario Oficial de la Unión, establece los trámites necesarios para iniciar el proceso de eliminación de la figura del promotor en los certificados de ahorro.
El PICG acompañará todo el proceso de conversión de títulos, promoviendo acciones de comunicación con los ahorradores y brindando toda la información necesaria, concretamente a través de los canales de comunicación habituales (correo electrónico, estado de cuenta, sitio web del PICG y Aforronet) y la red física de CTT, agencias AMA y entidades financieras autorizadas. instituciones.
Para aclarar dudas, además de los canales digitales y la línea telefónica del PICG, el Gobierno aconseja a los ahorradores consultar el documento FAQ/Preguntas más frecuentes puesto a su disposición al efecto.
