En el aviso correspondiente se especifica que: “Los empleados tienen la posibilidad a través de la aplicación online creada por KEPEA de calcular de forma independiente el regalo de Navidad al que tienen derecho en el siguiente enlace:
KEPEA también creó un vídeo relacionado:
Reserva de regalos de Navidad
El obsequio de Navidad, así como el obsequio de Pascua y el subsidio de vacaciones, estaban además garantizados por la Ley General Nacional de Seguridad Social de 2010 (artículo 1) para los empleados de derecho privado en todo el territorio griego..
Las disposiciones de la normativa institucional en materia de obsequios navideños son de orden público, por lo que no se permite y es nulo cualquier pacto expreso o tácito en contrario, así como la renuncia del empleado a exigir su pago.
¿Qué empleados son elegibles?
Según la legislación vigente, todos los empleados empleados en el sector privado de forma permanente o temporal, a tiempo completo o parcial, para cualquier empleador tienen derecho a Regalos Navideños.
¿Cómo se calcula el regalo de Navidad?
Al calcular el importe de los obsequios se tiene en cuenta el método de remuneración de los empleados, es decir, si se les paga un jornal o un salario. El periodo de tiempo para el cual se calcula el Regalo de Navidad va del 1 de mayo al 31 de diciembre de cada año. Por lo tanto, tienen derecho los empleados cuya relación laboral con el empleador se haya prolongado ininterrumpidamente durante todo el período mencionado por nosotros, es decir, del 1 de mayo al 31 de diciembre de cada año. todo el regalo lo que equivale a un (1) mes de salario para los asalariados y a 25 días de salario para los asalariados.
Sin embargo, los de los empleados antes mencionados, cuya relación con el empleador no duró todo el período de tiempo (del 1/5 al 31/12), tienen derecho a recibir una parte de la donación proporcional a la duración de la relación laboral. .
En este caso el regalo de Navidad se calcula de la siguiente manera: 2/25 del salario mensual o 2 días de trabajo -según el método de retribución- por cada 19 días naturales de trabajo. Los empleados que trabajaron menos de 19 días también tienen derecho a una fracción correspondiente de la donación.
Excepto en el caso en que el trabajo se haya realizado sin interrupción durante todo el período comprendido entre el 1O mayo hasta el 31O Diciembre, este período incluye todos los días en los que los empleados están legalmente ausentes del trabajo (por ejemplo, con vacaciones anuales, con baja por maternidad). Especialmente en el caso de las ausencias de los empleados por enfermedad, en el período de cálculo del regalo de Navidad se incluyen los «tres días de enfermedad», es decir, el tiempo de ausencia durante el cual no se paga ninguna prestación por enfermedad, mientras que se restan los períodos pagados por el seguro de la empresa.
Los regalos navideños no podrán pagarse en ningún caso en especie, sino únicamente en efectivo.
¿Cuándo se paga el Regalo de Navidad?
El regalo de Navidad hay que pagarlo. hasta el 21 de diciembre cada año. El regalo de Navidad está sujeto a cotizaciones a la seguridad social y al impuesto sobre la nómina. Naturalmente, se entiende que el empleador podrá pagar la donación incluso antes de la fecha indicada anteriormente.
En particular para la aceptación del regalo de Navidad.
La base para calcular el obsequio es el salario realmente pagado a los empleados el 10 de diciembre. En caso de extinción de la relación laboral antes de las fechas indicadas anteriormente, el regalo de Navidad se calcula sobre la base del salario pagado el día de la extinción de la relación laboral.
Como salario pagado o jornal es el total de salarios regulares. El concepto de remuneración regular incluye el salario o jornal, así como cualquier otro beneficio (en dinero o en especie, como comida, alojamiento, etc.) si lo paga el empleador a cambio del trabajo realizado por el trabajador. empleado, regularmente cada mes, o repetidamente, periódicamente, en ciertos intervalos de tiempo.
El concepto de retribución regular, según la jurisprudencia de los tribunales, incluye también:
– paga de vacaciones: para calcular la parte de la paga de vacaciones en el regalo, multiplicamos el importe total del regalo al que tiene derecho el empleado por el coeficiente 0,041666.
Ejemplo: un empleado con un regalo de Navidad de 900 euros (salario bruto) más el factor vacaciones debería recibir 938 euros.
– el pago de las horas extraordinarias legales, siempre que se trabajen regularmente
– remuneración por horas extraordinarias, siempre que dicho trabajo se realice regularmente
– remuneración por trabajo en domingo y festivos excepcionales o nocturno, siempre que la relación laboral sea regular y permanente.
– el valor de la leche entregada diariamente.
– la remuneración adicional pagada voluntariamente por el empleador por una mayor productividad (bonificación), si se repite durante un largo período de tiempo y a intervalos regulares.
– propinas proporcionadas a los empleados por terceros.
– los gastos de viaje, cuando no dependan del desplazamiento, no estén sujetos a facturación y no se interrumpan durante enfermedades o vacaciones.
– la compensación derivada de las comisiones
– el subsidio de vivienda
– la asignación presupuestaria, siempre que se pague periódicamente cada año
Categorías más específicas, a título indicativo:
A. Cálculo del regalo de Navidad para los trabajadores por horas.
Para aquellos que ganan un salario por hora, el cálculo se basa en el salario promedio para el período del 1-05-2024 al 31-12-2024. En otras palabras, el salario total recibido por el empleado durante este período se divide por el número de días de este período durante los cuales el empleado trabajó o tuvo derecho a recibir pago. La cantidad resultante se multiplica por el número de jornales correspondientes a la duración de la relación laboral.
B. Cálculo del aguinaldo para trabajadores a tiempo parcial.
Los empleados que trabajan menos horas al día (en comparación con el trabajo a tiempo completo) recibirán como regalo de Navidad el salario diario que también recibe el empleado a tiempo completo, pero con el salario reducido como base de cálculo y en función de su jornada laboral desde Del 01/05/2024 al 31/12/2024.
C. Cálculo del aguinaldo para empleados con trabajo intermitente (trabajo rotativo).
Los empleados que trabajan menos de 5 días a la semana (para los empleados con cinco días) y menos de 6 días a la semana (para los empleados con 6 días) tienen derecho a un regalo de Navidad equivalente a 1 día de salario por cada 8 días de salario trabajado. en el periodo del 05/01/2024 al 31/12/2024.
Atención: en cualquier caso el importe del regalo se incrementa en el factor de licencia de 0,041666.
¿Cuándo prescribe la aceptación de obsequios?
Con base en el artículo 250 co. 17 del Código Civil, la aceptación de Donaciones en el sector privado expira a los 5 años del final del año en que fueron exigibles de conformidad con el art. 250 coronas. 17 del Código Civil.
¿Qué debe hacer el empleado si no se paga el Regalo?
El pago del Regalo de Navidad debe realizarse antes del 21/12/2024. En caso de que el Regalo de Navidad no se pague a tiempo, los empleados y/o sindicatos pueden y deben acudir a la Inspección del Trabajo competente para presentar una denuncia. La denuncia se remite al Ministerio Público para la acción penal individual contra el empresario y al mismo tiempo se remite también a la Jefatura de Policía competente para el inicio del procedimiento automático. Los empleados y/o sus organizaciones sindicales tienen derecho a presentar una denuncia directamente ante la Jefatura de Policía competente y solicitar la aplicación del procedimiento automático.
Tenga en cuenta que la petición debe incluir detalles del negocio y la residencia del empleador, si es posible, ya que el proceso de autoconfiscación demora hasta 48 horas.
En todo caso de impago del Regalo de Navidad, dentro del plazo establecido, los Inspectores de Trabajo tienen la obligación de intervenir inmediatamente, realizando los controles y estando plenamente preparados, para realizar el procedimiento de autopincha e imponer las sanciones pertinentes.
Los empleados pueden proceder a denuncias nominativas o anónimas al servicio único 1555 o al servicio en línea para la presentación de denuncias anónimas de la Inspección de Trabajo o enviando un mensaje vía correo electrónico (e-mail) a la Oficina de Inspección de su lugar de trabajo.
Formas de comunicacion
Con el objetivo constante de contar con información oportuna y válida, GSEE seguirá teniendo a disposición de los sindicatos y trabajadores de todo el territorio para cualquier cuestión de información, apoyo y acción colectiva:
- el Centro de Información de Trabajadores y Desempleados de GSEE, KEPEA/GSEE www.kepea.gr
la Red de servicios de información y asesoramiento para empleados y desempleados del Instituto de Trabajo GSEE https://www.inegsee.gr/diktio-ipiresion-pliroforisis-simvoulefikis-ergazomenon-anergon/ ».
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