La CCA recuerda: 12 de mayo restricciones y prohibiciones en las redes sociales para la campaña electoral del poder

La prohibición de hacer campaña entrará en vigor el 12 de mayo. 0:00 hasta el final de la votación para las elecciones y referéndum, es decir, el 12 de mayo. 8 p.m.

12 de mayo 00:00-20:00 La actual prohibición de campaña electoral se aplica a todas las campañas políticas actualmente en curso: las elecciones presidenciales, el referéndum sobre la modificación del artículo 12 de la Constitución, las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio y las elecciones al Parlamento Europeo. el 13 de octubre. para las campañas políticas de las próximas elecciones al Seimas.

No se considera la campaña electoral:

  • información sobre elecciones y referendos actuales;
  • registros de la importancia de las elecciones para la vida del estado;
  • anuncio del número de electores que acudieron a votar;
  • un documento que deberá estar presente al momento de la votación;
  • otra información que no lo aliente a no participar en las elecciones, a votar a favor o en contra de un candidato o una lista de candidatos;
  • una invitación a votar de un participante en una campaña política no electoral.

Los votantes pueden publicar publicaciones que no se consideren de campaña de forma gratuita.

El deseo de los votantes de celebrar la votación es comprensible, pero la CCA les pide encarecidamente que eviten fotografiar las papeletas completas y publicitarlas en las redes sociales. Se anima a los votantes a mantener su voto en secreto hasta al menos el 12 de mayo. A las 20:00 horas se cerrarán los colegios electorales y comenzará el recuento de votos.

Es seguro celebrar en las redes sociales que un elector votará o ya votó (sin mencionar por quién): esto no se considera electoralismo.

Durante este período, los votantes no deben utilizar redes sociales, sitios web administrados por votantes u otros canales de información:

  • publicar publicaciones promocionando a los participantes en campañas políticas, nombrando candidatos específicos o los partidos que los nominaron;
  • compartir publicaciones electorales de otras personas, comentarlas y realizar otras acciones que puedan despertar un nuevo interés en el candidato o partido;
  • cambie la foto de su cuenta personal y la portada de su perfil por una nueva foto o información de video que presente elementos de campaña para un candidato o partido específico.

Quedan prohibidos los candidatos, las organizaciones políticas (partidos, sus presidentes), las coaliciones en las redes sociales y los sitios web gestionados por ellas: durante el período de prohibición de la campaña electoral:

  • publicar publicaciones pagas, incluidas las publicaciones pagas, antes de que comience la prohibición de la campaña;

Independientemente del salario:

  • publicar nuevas publicaciones con contenido de campaña, incluida una invitación a votar;
  • compartir nuevas publicaciones de carácter electoral publicadas antes del inicio de la prohibición de la campaña electoral, comentarlas y realizar otras acciones que despierten un nuevo interés en el candidato, en el partido (publicaciones publicadas antes del inicio de la prohibición de la campaña electoral no debe eliminarse);
  • cambiar la foto de su cuenta personal y la portada de su perfil por una nueva foto o información de vídeo con elementos promocionales;
  • enviar recordatorios a las personas que expresaron interés en los eventos del día de las elecciones creados por candidatos y organizaciones políticas antes de que comenzara la prohibición de campaña;
  • marque «Dominar» o «Participar» en eventos del día de las elecciones que expresen apoyo a candidatos, organizaciones políticas, coaliciones o que tengan otros carteles de campaña.


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