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La Cámara de Comercio de Lima (CCL) rechazó la aprobación de la firma de la Ley núm. 4277/2022-CR, norma que tiene como objetivo regular el procedimiento para la venta y reembolso del costo de las entradas de conciertos, ya que considera que la norma carece de sustento técnico y jurídico adecuado.
Cabe señalar que el proyecto de ley de la diputada Digna Calle Lobatón, de Podemos Perú, quedó exento de la segunda votación y fue aprobado sin mayor debate en el pleno del Congreso el 4 de diciembre.
En este sentido, la CCL afirmó que la firma de la ley vulnera los derechos de los consumidores al exigir que el trámite de devolución del billete se realice en un plazo de 120 días, lo que contradice los dos años permitidos para dicha reclamación de conformidad con lo establecido en la ley. Código de Defensa y Protección al Consumidor.
En este sentido, el gremio espera que el ejecutivo respete el proyecto de ley y lo devuelva a la Comisión de Protección al Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos donde, además, se recogerán recomendaciones del sector privado para contribuir al mejoramiento de la iniciativa. .
De igual forma, Doris Espinoza subrayó que la ley también afecta mucho el derecho al trabajo de promotores, gestores y emprendedores culturales, afectando también la empleabilidad de 230.000 trabajadores del sector.
Critica, entre otras cosas, que el saldo de los billetes no devueltos sea entregado al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) para ser destinado a un fondo especial, ya que considera que el instituto técnico Él no puede ser “juez y parte”.
Al respecto, el representante de la empresa afirma que el Indecopi pretende destinar este dinero y reitera que la iniciativa causaría un perjuicio al consumidor, ya que regularía una prescripción sobre el saldo del costo de los pasajes.
Asimismo, advirtió que la norma establece que el número de boletos emitidos no debe, bajo ninguna circunstancia, exceder la capacidad permitida del evento. Sin embargo, aclaró que, en el caso de los estadios alquilados para conciertos, no hay exhibición de aforo, cuestión que es responsabilidad de los municipios donde se realiza el evento.
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