¿Cuáles son las condiciones para reservar unidades de proyectos de vivienda para todos los egipcios?

El Ministerio de Vivienda ha especificado una serie de condiciones que debe cumplir un solicitante para reservar una unidad de vivienda en un proyecto de vivienda para todos los egipcios en varias ciudades y gobernaciones nuevas, que son:

. El solicitante o su familia (esposo/esposa/hijos menores) no tienen derecho a solicitar la reserva de más de una unidad de vivienda en nuevas ciudades y provincias en un solo anuncio.

. El solicitante o su familia (esposo, esposa/hijos menores) no deben haberse beneficiado de iniciativas previas de financiamiento inmobiliario emitidas por el Banco Central en decisiones de su Directorio de febrero de 2014 o diciembre de 2019 y sus modificatorias o emitidas en julio de 2021. , y otras iniciativas aprobadas por el Consejo de Ministros.

. Al solicitante o a la familia (esposo, esposa/hijos menores) no se le debe haber asignado previamente una unidad de vivienda de ningún tipo en las nuevas ciudades o gobernaciones, ya sea en su posesión, o la haya transferido a otros, o en asociación con otros, o pertenecía al solicitante o a la familia por cesión de otros.

. Al solicitante o a la familia (esposo, esposa/hijos menores) no se le debe haber asignado previamente un terreno residencial, cualquiera que sea su tipo, en nuevas ciudades o gobernaciones, ya sea que estuviera en su poder, o que lo haya transferido a otros, o en sociedad con otros, o pasó al solicitante o a la familia por asignación de otros.

. El solicitante o su familia (esposo, esposa/hijos menores) no deben haberse beneficiado de un préstamo cooperativo o apoyo del Proyecto Nacional de Vivienda o de alguna de las agencias públicas que brindan apoyo para la obtención de una unidad de vivienda.

. El solicitante o la familia (esposo, esposa, hijos menores) no deben ser propietarios de vivienda ni haberla heredado por herencia legal.

. El ciudadano solicitante o el marido (si lo hubiere) debe ser residente o trabajador en la misma gobernación según el documento nacional de identidad o el certificado de prueba de ingresos en la que se encuentra la unidad residencial del solicitante o con la que está relacionado por trabajo.

. Quien se beneficie de una vivienda social está obligado a utilizarla como vivienda para sí y su familia y a no cambiar este destino de forma regular y permanente por un período de 7 años, tanto para personas de ingresos bajos como medios.

– Queda prohibido al puesto de control de la unidad disponer de ella o tratarla en cualquier tipo de disposición o transacción antes de que hayan transcurrido 7 años desde la fecha de recepción de la misma u obtención de la aprobación de la Junta Directiva de la Vivienda Social y Fondo de Apoyo a la Financiación de Bienes Raíces El que infrinja esta disposición será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a un año y multa no inferior a veinte mil libras ni superior a cien mil libras, o una de estas dos penas. resolución de devolución de la vivienda beneficiada y del apoyo otorgado (directo e indirecto) y su costo en un solo pago al Fondo, de conformidad con De conformidad con lo establecido en la Ley de Apoyo al Financiamiento de Vivienda Social y Bienes Raíces N° 93 de 2018 y las decisiones del Directorio del Fondo emitidas al respecto.

. Las unidades de vivienda ofrecidas deberán tener el propósito de vivienda permanente, no teniendo el comprador o su sucesor público o privado derecho en ningún momento a cambiar el uso al que está destinada la unidad, en caso de violación de este, la asignación. será cancelada y la unidad de vivienda será recuperada sin previo aviso ni resolución judicial, preservando el derecho del Fondo a tomar todas las medidas legales para asegurar la preservación de sus derechos.

. La edad del solicitante de ingresos bajos y medios no deberá ser menor de 21 años a la fecha de finalización de la convocatoria, y deberá tener capacidad para obrar y contratar.

. La edad del solicitante de bajos ingresos no debe exceder los 50 años en la fecha del anuncio.

. La edad del solicitante de ingresos medios no debe exceder la edad de jubilación estipulada en la Ley de Seguros y Pensiones Sociales promulgada por la Ley N° 148 de 2019 en la fecha de finalización del plazo del préstamo, la cual se determina de acuerdo con el estudio crediticio del financiamiento. fiesta.

. El solicitante tiene prohibida la compra de unidades en efectivo y está obligado a contratar y pagar con el sistema de financiamiento inmobiliario por un período de hasta 20 años, según aprobación del crédito.

. El solicitante debe ser de ingresos bajos o medios y su ingreso neto mensual/anual no excede todos

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