ALDEA
La Secretaría General de la Asamblea devolvió al Jefe de Estado, Daniel Noboa, la carta en la que le informó a esta Función del decreto no. 500, que confió la Presidencia a Cynthia Gellibert por tres días, en medio de la pugna con la vicepresidenta electa y destituida, Verónica Abad.
El secretario de la Asamblea, Alejandro Muñoz, justificó esta decisión, el 8 de enero de 2025, por “no respetar lo dispuesto en los artículos 146 de la Constitución, 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 30 del Código Civil”. , que tienen que ver con las funciones del vicepresidente, en ausencia del presidente.
La Carta Magna dice que, «en caso de ausencia temporal de la Presidencia de la República, lo sustituirá quien ejerza la Vicepresidencia. Se considerará ausencia temporal enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer su función por un período máximo de tres meses, o licencia concedida por la Asamblea Nacional.
Mediante este decreto, Noboa citó «circunstancias de fuerza mayor» para designar a Gellibert como su reemplazante, «desde las 17.00 horas del jueves 9 de enero de 2025 hasta las 16.59 horas del domingo 12 de enero de 2025». Durante este período, el presidente pretende dedicarse a la campaña electoral en busca de la reelección.
“(…) Lo dispuesto en el decreto ejecutivo no. 500 no cumple con el concepto de fuerza mayor o caso fortuito”, indica el secretario de la Asamblea. Agrega que, del análisis de los considerandos del documento, “se desprende que existe una clara necesidad de solicitar licencia sin goce de sueldo” para la campaña de Noboa.
