Réplica y contra -elapl se desarrollan en una audición de acción de protección – la nación –

El vicepresidente suspendido por 150 días, Verónica Abad, se presenta en una audición de acción de protección. En este día, el juez Nubia verdadero escucha las acusaciones de réplica y mensajería de las partes procesales. (En desarrollo)

La audición de la acción protectora con una medida de precaución, que promueve la defensa del Vicepresidente Verónica Abad para abandonar la suspensión de 150 días, se reinstaló el 18 de diciembre de 2024 en la unidad judicial de la familia, las mujeres, la infancia y los adolescentes, desde 09:30.

En ese momento, la jueza Nubia Vera declaró la restauración después de que el Secretario certificó la presencia física y virtual de las partes procesales. Abad y su equipo de defensa están en la habitación.

Abad presentó la apelación contra el director de resumen administrativo del Ministerio de Trabajo, Ruth Espinoza, y del Ministro de Trabajo, Ivonne Núñez. El ministro aparece electrónicamente, mientras que el director no. Varios amicus curiae también están conectados.

La deserción de Abad ratifica la solicitud de violación de los derechos
El juez aclaró que en esta restauración de la audiencia es necesario escuchar la respuesta (durante 10 minutos) y el mostrador (durante 10 minutos) de las partes. Dio paso a la respuesta de los abogados del vicepresidente.

Damián Armijos, uno de los abogados de Abad, pidió que se les otorgue durante aproximadamente 60 minutos porque lo consideran en la respuesta a la queja, por el Ministerio de Trabajo, se refirió a los hechos propuestos por el accionista activo, pero también a los asuntos procesales.

Dominique Ávila, abogada de Abad, comenzó la respuesta: “Para la lealtad procesal debemos disputar lo que todo el país ha visto y escuchado 80 minutos de una mala lectura de la demanda del Ministerio de Trabajo. Por cierto, se utilizaron 20 minutos en la búsqueda de una regla no existente, esto con respecto al apoyo a la suspensión de 150 días en una condición de vicepresidente de la República de Ecuador, la Sra. Verónica Abad.

Se refiere a la ocasión en que el abogado de esa billetera estatal justificó que la suspensión contra Abad se impuso sobre la base de una «crítica saludable».

La respuesta de Ávila se centró en puntos en los derechos políticos. Dijo que en la respuesta a la solicitud, el Ministerio de Trabajo subraya que los derechos políticos de Abad no han sido violados y que la resolución del resumen administrativo no impide el ejercicio de la posición como segundo presidente elegido por el voto popular .

El abogado declaró que se olvida al ministerio que el principio de jerarquía en la administración pública y la relación de subordinación se establece en el artículo 227 de la Constitución. Durante este proceso, tanto el equipo de defensa como algunos amicus curiae indicaron que los funcionarios del ministerio no tienen competencia para imponer una pena a una dignidad de elecciones populares, elegidas para las encuestas, como en el caso de Abad.

«Un director no tiene las ollas para sancionar a un presidente», dijo Ávila. Después de su análisis, insistió en el hecho de que «no hay suspensión». El abogado ratificó para pedirle al juez que declare la violación de los derechos y la capacitación, no menos de 100 horas, de todas las principales autoridades del Ministerio de Trabajo y sus abogados sobre las teorías del Estado, el Estado Constitucional y las garantías de base del proceso correcto.

Armijos indicó que las reglas establecidas por las reglas establecidas por el sistema legal deberían considerar críticas saludables. «Las reglas que no se han observado se aplican, presumiblemente, el principio de proporcionalidad», dijo el jurista. Afirmó que el caso se enfrenta a un «rendimiento tiránico». Reiteró que se acepta la medida de acción de protección. (KSQ)

– Diario La Hora

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