El Congreso verá hoy la derogación de la Ley 32210 que amplía los derechos de los dentistas, lo que les permite participar en emergencias médicas en los centros hospitalarios del país.
Los profesionales de la salud cuestionaron seriamente el estándar al advertir que pone en riesgo la seguridad del paciente al permitir que los dentistas realicen procedimientos médicos para los cuales no están capacitados.
Debe especificarse que el 19 de diciembre de 2024 el Congreso aprobó (por insistencia y sin opinión de la Comisión de Salud) N. 32210, que modifica la ley laboral del cirujano dental (ley n. 27878), poniendo en riesgo la salud pública del país; Por lo tanto, el Colegio Médico de PerúRepresentante máximo de los más de 100 mil médicos en el país, pidieron aprobar las facturas 09957/2024-CR, 09947/2024-CR, 09955/2024-CR y otras, lo que garantiza que solo los cirujanos están autorizados para llevar a cabo la «ley médica» y, por lo tanto, restaurar el principio de seguridad público del país.
Especificaron que la Ley Médica debe ser exclusiva del cirujano. Ley no. 32210 pone en riesgo a la salud pública al permitir que los dentistas realicen procedimientos médicos especializados, para los cuales no tienen capacitación profesional.
La ley 32210 ha modificado la ley de empleo del cirujano dental para expandir sus poderes en las áreas donde no fueron capacitados.
También permite a los dentistas realizar procedimientos médicos estéticos y especializados sin una capacitación adecuada y requiere la presencia de dentistas en áreas de emergencia sin la necesidad de necesidad.
Los defensores de la regla ejercieron el hecho de que «los dentistas necesitaban el reconocimiento de la ley médica», o que «con esta ley los dentistas solo pueden crear guardias», lo cual es falso, ya que sus poderes ya están regulados en las leyes vigentes y ya pueden hacer guardias, pero de acuerdo con la demanda de servicio.
También es falso que «los médicos quieran monopolizar la salud», ya que se trata de definir correctamente las habilidades para garantizar la asistencia del paciente.
La derogación de la norma no hace que la salud sea más costosa, ya que el riesgo de un diagnóstico incorrecto o no tratado en el tiempo, genera más costos debido a complicaciones e incluso puede costar la vida de un paciente.
El Colegio Médico del Perú aclaró que el ejercicio ilegal de la medicina es un delito y, por lo tanto, caracteriza el Código Penal en el Artículo 290.
El Mini, como rector de la salud, es el único con el poder de discernir técnicamente las habilidades y las facultades de los trabajadores de la salud.
Por lo tanto, no se requiere la salud de los peruanos en riesgo. “Los pacientes requieren el trabajo de todos los profesionales de la salud, como el equipo multidisciplinario, cada uno comprensivo en el marco de sus habilidades, para los cuales han sido entrenados y que respetamos. La ley médica corresponde al cirujano. Asegurar la asistencia para la asistencia es una prioridad para el estado y para el CMP «, dijo Medical College.
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