La justicia europea declara que el complemento de la brecha de género de pensión sigue siendo discriminatorio a pesar de la reforma | Economía

La justicia europea ha examinado nuevamente si el complemento de la brecha de género a las pensiones de contribución y ha declarado que sigue siendo discriminatorio debido al sexo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia este jueves en la que indicó que la escritura reguladora actual de esto más no puso fin al hecho de que los hombres que pueden estar en situaciones comparables a la de las mujeres reciben un trato menos favorable.

Por lo tanto, el TJUE respondió a dos juicios preliminares que dos tribunales españoles plantearon que preguntaron si el actual personal editorial del Artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social (LGSS) permanece sin ser compatible con la Directiva Europea en cuanto a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el campo de la seguridad social. El gobierno de PP creó este suplemento de maternidad entre el 5% y el 15% para las madres de dos o más niños, aunque la justicia europea lo canceló en diciembre de 2019 por discriminatorio debido al sexo, lo que obligó al ejecutivo de Pedro Sánchez, con José Luis Escrivá, por lo tanto, para el Jefe del Ministerio de Seguridad Social, para que los padres también puedan recibir.

Con la modificación, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021, el complemento se llamó «pensiones fiscales para la reducción de la brecha de género» e intenta reparar el daño sufrido por las mujeres durante su carrera profesional por haber asumido un papel principal en la tarea del cuidado de los niños. Para 2025, este suplemento se ha establecido en 35.90 euros por mes para cada niño.

Los tribunales españoles, desde la primera instancia hasta la Corte Suprema, se han decidido en numerosas ocasiones sobre la discriminación que el primer complemento ha diseñado y ordenado a la administración que reconozca el derecho de los hombres a recolectar dicho suplemento. También lo hizo el TJUE en 2023, cuando enfatizó que los padres masculinos sufrieron una doble discriminación: para no ser reconocido legalmente, entre 2016 y 2021, para recaudar la ventaja de la pensión y tener que ir a los tribunales para afirmar su derecho. Por lo tanto, el tribunal con sede en Luxemburgo aprobó una compensación para compensar los costos judiciales.

Requisitos para los padres

Ahora, la justicia europea ha analizado la redacción actual del artículo 60 del LGSS y no ha aprobado su integridad. La instancia judicial europea más alta establece reparaciones al hecho de que el complemento se otorga automáticamente a las madres que trabajan, mientras que los padres deben cumplir con ciertos requisitos adicionales para poder percibirlo, cómo su carrera profesional ha interrumpido o ha sido afectado con la ocasión del nacimiento o la adopción de sus hijos o reconocido a sus hijos o han reconocido la pensión de las viudas por la muerte de los otros padres del hijo o del municipio. Derecho a recibir una pensión de orfanato.

Según el tribunal, esta discriminación no puede justificarse sobre la base de las excepciones proporcionadas para proteger a las mujeres debido a su maternidad para compensar el tiempo dedicado a la educación de los niños o las desventajas a las que las mujeres están expuestas, ayudándolas en su carrera y garantizando en la práctica plena igualdad entre los hombres y las mujeres en la vida profesional. Explica que el complemento de la brecha de género no establece ningún vínculo entre su concesión y el disfrute de una licencia de maternidad o las desventajas sufridas por una mujer en su carrera debido a la interrupción de su actividad durante el período que sigue al nacimiento, como si fuera previsto en el caso de los padres.

Reacciones

Las fuentes del Ministerio de inclusión, Seguridad Social y Migraciones señalan que el compromiso del gerente de reducir la brecha de género en las pensiones «fue y continuará siendo detenido». «Es un objetivo central de las políticas gubernamentales en las pensiones», agregan. Las mismas fuentes dicen que respetarán la nueva oración de TJUE, como las frases de cualquier cuerpo judicial, pero subrayan eso antes de tomar cualquier decisión, los servicios legales deben estudiar los temas en profundidad, ya que es una resolución «muy técnica y compleja».

Esperando saber los detalles de la oración, el ministerio lanza un mensaje de tranquilidad y asegura que «los jubilados que perciban el complemento continuarán haciéndolo». «Como hasta ahora, la atención y el cuidado de los niños continuarán durando el reconocimiento del complemento de la brecha de género y deben continuar beneficiándose de las madres que trabajan principalmente cuando accedan a sus pensiones», dice.

Las fuentes han consultado a Apostille de que los estudios nacionales e internacionales confirman que el aumento de los niños afecta decisivamente la trayectoria del trabajo de las mujeres en su fase activa y que esto influye directamente en una brecha en los salarios y aún mayor en las pensiones. Por lo tanto, recuerdan que el objetivo del complemento de la brecha de género es corregir esta situación, ya que las estadísticas muestran que cuanto mayor sea el número de niños, menor es el número de años mencionado, menor es la proporción de contratos completos y, en consecuencia, es, en consecuencia, la pensión reconocida.

En la misma línea, el UGT se manifestó en sí mismo, que admitió su preocupación por la interpretación hecha por la justicia europea de la regla actual. En este sentido, recuerda que el complemento ha sido acordado en el marco del diálogo social para «reparar la desigualdad estructural», dice en una nota.

Según la opinión de la Unión, los requisitos de los hombres «no son discriminación, sino una herramienta lógica y proporcional para garantizar que el complemento cumpla con su función correctiva de la desigualdad real y persistente». Por lo tanto, advierte que si se sigue el juicio de TJUE sin matices, habrá «riesgos graves» como un aumento en los gastos de pensiones públicas, extendiendo la percepción del complemento universal y la «denatación» del complemento. Por lo tanto, pide abrir un debate a nivel europeo para adaptar la directiva europea con respecto a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el Seguro Social para las necesidades actuales.

Suplemento de supresión

La revisión del complemento de género GAP ha llegado a Luxemburgo nuevamente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), cuyo indica que la justificación dada los requisitos impuestos a los padres era insuficiente y, por lo tanto, la regla de la regla discriminatoria, y el Tribunal Social número 3 de Pamplona, que también dudaba el origen de suprimir el complemento de la Madre a la Madre a la Padre de la Padre de la Decrinidad a la Discriminación dos a la Discriminación a la Dos de Sexy.

En este segundo número, el TJUE indica que la Directiva Europea no se opone al hecho de que se supone que el complemento de la madre es si la ley establece que ambos padres no pueden percibirlo y que debe reconocerse a quienes cobran una menor cantidad de pensión de jubilación. Como lo indica la oración, la eliminación de Plus no priva el efecto útil de la declaración de discriminación.

Sin embargo, el tribunal recuerda que la ley europea no requiere que un complemento de pensión se analice a aquellos que ya lo han reconocido. Por lo tanto, convoca a los organismos judiciales nacionales para interpretar las reglas españolas y determinar si mantener o no el suplemento de la pensión ya reconocido a la madre cuando el padre puede reclamar el controvertido suplemento basado en los mismos requisitos que los aplicables a las madres.

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