Los ministros rechazan los casos fiscales de la votación en su totalidad de la Corte Suprema

La Corte Suprema de la Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la solicitud de la ministra Lenia Batres Guadarrama para que los asuntos fiscales en espera de la resolución se discutan en el plenario.

Solo los ministros Batres Guadarrama y Ana Margarita Ríos Farjat votaron por la propuesta de la discusión transparente, informaron la presentación del ministro.

Consideró que, con esta resolución, la discusión sobre el litigio fiscal se mantendrá en opacidad, ya que las habitaciones, en violación del Artículo 94 constitucional, resuelven todos los problemas en sesiones privadas.

Según los datos de la presentación del Ministro Batres Guadarrama,del 95% de las sentencias que ingresan a la Corte Suprema de la Justicia de la Nación; Solo el 5% se resuelven públicamente en sesiones plenarias.

Aseguró que la segunda cámara SCJN está esperando 14 proyectos de archivos de impuestos por un monto de 47 mil 435 millones 755 mil 581 pesos.

Además, se agrega un proyecto de la primera cámara para una cantidad de 1.024 pesos, dijo.

Subrayó que después de una hora y media de discusión sobre este tema, el plenario decidió no tomar su competencia para resolver los 15 problemas fiscales con proyectos suspendidos desarrollados en las dos habitaciones, según lo propuesto por el ministro Batres.

Indicó que antes de esta votación, el Ministro solicitó a los presidentes de la primera y segunda habitación que respetan el artículo 17 de la ley orgánica del poder judicial aplicableDado que la oscuridad y la falta de certeza legal con la que se resuelven los problemas fiscales se ven agravados por la "práctica ilegal" de la votación en contra de un proyecto y no lo devuelve, como dice la disposición anterior, pero asumir una resolución sin castigoque se prepara después de la aprobación.

Subrayó que el presidente de la Corte Suprema de la nación, Norma Lucía Piña Hernández, pidió a los presidentes de las dos habitaciones que se ajusten al artículo 17 de la ley orgánica indicada.

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