Extra deducción de impuestos Los contribuyentes también se asegurarán los ingresos que obtendrán en 2026 si siguen pagando con dinero electrónico a peluqueros, taxis, electricistas, fontaneros, fotógrafos, gimnasios, escuelas de baile y otras profesiones consideradas de alto riesgo. Incluso por un año más, El gasto en servicios médicos, dentales y veterinarios se duplicará para cubrir el 30% de los ingresos reales anuales a través de pagos electrónicos.
Así lo decidió el Ministerio de Hacienda. amplía los incentivos fiscales para el uso de medios de pago electrónicos y para el ejercicio fiscal 2026. En concreto, con una nueva previsión insertada en el nuevo proyecto de ley tributaria, también se aplica la medida prevista para 2026:
1. Descuento de la base imponible equivalente al 30% del gasto. realizados mediante medios de pago electrónicos a profesionales específicos y hasta 5.000 euros al año. Para un gasto de 5.000 euros el ingreso es de 1.500 euros, para 10.000 euros 3.000 euros y para 15.000 euros 4.500 euros. Sin embargo, si tienes gastos iguales a 20.000 euros, no se te descontará de tus ingresos el 30% del gasto, es decir 6.000 euros, sino la cantidad de 5.000 euros, que es el tope. El monto deducido no puede exceder el total de los ingresos reales del individuo provenientes del empleo, pensiones, negocios y bienes raíces. Es decir, si declaras una renta anual de 4.500 euros y la cantidad a deducir sobre la base de 5.000 euros se reducirá automáticamente a 4.500 euros.
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Los gastos que dan derecho a una deducción fiscal adicional se refieren a pagos por servicios veterinarios, fontanería, frigoríficos, mantenimiento de calefacción, trabajos eléctricos, aislamientos, trabajos de albañilería.enlucidos, instalación de azulejos, trabajos de carpintería, trabajos de vivienda y localización segura, etc., trabajos de hormigón, servicios de taxi, peluquería, barberías y salones de belleza, servicios funerarios, servicios de masajes, bienestar físico, servicios de limpieza, servicios de limpieza, atención hospitalaria y hospitalización (excluyendo actividades hospitalarias), servicios legales, servicios de cuidado infantil.
Los pagos deben realizarse por medios electrónicos, tarjetas de débito o crédito, tarjetas prepago, e-banking, Iris, E-Wallet, PayPal.. Cabe señalar que la reducción de impuestos concierne exclusivamente al contribuyente que corre con los gastos y cualquier excedente no puede ser utilizado por el otro cónyuge o conviviente hasta el 30% de los ingresos corrientes. Por ejemplo, si la reducción de la base imponible en función de los gastos es de 6.000 euros, es decir, supera un máximo de 5.000 euros al año, el exceso de 1.000 euros no se deduce de los ingresos del cónyuge.
2. El Evidencia electrónica de médicos, dentistas, ortodoncistas, osteópatas, quiroprácticos, oftalmólogos, quiroprácticos, pediatras y otros servicios paramédicos “Cuentan” el doble para cubrir el 30% de los ingresos de los contribuyentes con costos electrónicos. Por ejemplo, una tarifa de 100 euros por una visita médica si se paga con tarjeta de crédito, débito o IRIS contará como un gasto de 200 euros que cubre el 30% de tus ingresos.
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