Se acabó la era del testamento secreto: se acerca el trato de tu vida con tus herederos

La transición a una nueva era en la enajenación de bienes inmuebles marcado por el proyecto de ley de sucesión, presentado el 2 de diciembre al Ministerio de Justicia. El proyecto de ley, que lleva la firma científica del profesor honorario, académico y presidente del Comité Legislativo de la EKPA Apóstol Georgiadisintroduce por primera vez la institución de los contratos sucesorios en el derecho griego, permitiendo disponer de los bienes no sólo mediante un testamento o una disposición parental, sino también mediante un acuerdo contractual entre futuros herederos.

Los cambios introducidos por el nuevo marco son amplios.casi ochenta años después de la última gran reforma del derecho de sucesiones. Se trata de disposiciones para testamentos autobiográficos, cambios en las participaciones hereditarias de la esposa y su conversión. destino legítimo en una reclamación de indemnización, reconocimiento derecho de herencia a las personas que conviven fuera del matrimonio y, sobre todo, la introducción de la nueva institución de los contratos sucesorios.

Poco antes de la presentación oficial de las reformas, «LAS NOTICIAS» revelar las disposiciones fundamentales relativas a los contratos sucesorios, una institución ya implementada con éxito en otros países europeos. La nueva legislación pretende poner orden en materia sucesoria, derribando lo que hasta ahora estaba vigente en materia de liquidación de bienes tras la muerte.

con el contrato contrato de herenciael interesado podrá, en vida, negociar con sus futuros herederos la parte de bienes que recibirá cada uno. El procedimiento se llevará a cabo en presencia de notario y con el consentimiento de todas las partes.

Innovaciones de la institución.

El nuevo instituto, regido por reglas claras, introduce cuatro innovaciones principales, tal como se presentan «LAS NOTICIAS» junto con ejemplos de aplicación y disposiciones que pronto se incluirán en la legislación griega.

  1. El heredero podrá elegirlo ley aplicable que regirá el contrato, aunque sea la ley de otro país.
  2. Varias personas podrán disponer conjuntamente de sus bienes mediante un mismo contrato sucesorio, a diferencia del testamento que es un acto estrictamente personal.
  3. El contrato de herencia será vinculante y no será revocado unilateralmente a menos que un heredero cometa una falta grave como un delito.
  4. A cambio será posible nombrar un heredero. Si el heredero no cumple el acuerdo, puede rescindirlo. Según los abogados, esta institución debería contribuir sucesión de empresa familiarpermitiendo a los padres determinar de antemano qué hijo se hará cargo del negocio y cuál recibirá bienes inmuebles o dinero en efectivo.

La ley sobre contratos de herencia.

El proyecto de ley establece detalladamente las condiciones y normas para la causa de muerte en contratos de herencia:

  • Concepto y formación: El causante podrá mediante contrato establecer un heredero, constituir un fideicomiso o legado y elegir la ley aplicable. Con un mismo contrato varias personas pueden disponer de sus bienes.
  • Me comprometo: Las disposiciones del contrato no pueden revocarse unilateralmente. El homenajeado tiene derecho a aceptar o rechazar la herencia después de la investidura.
  • Efecto sobre otros testamentos: Un contrato más reciente podrá modificar o derogar el anterior. Un testamento contrario al contrato sucesorio no es válido en la parte contraria.
  • Libertad de disposición en la vida: El heredero conserva el derecho de disponer de sus bienes durante su vida, salvo pacto en contrario. Si la prestación se realiza en perjuicio del destinatario, se prevé el derecho a demandar por robo en determinados plazos.
  • Anulación: El contrato podrá rescindirse por error, fraude o amenaza, dentro de los plazos prescritos. Si intervienen varias partes, la invalidez de una disposición puede invalidar todo el contrato.
  • Revocación por mala conducta: El heredero puede revocar una disposición si el adjudicatario comete una falta grave, que pueda justificar la privación de la suerte legal.
  • Contrato oneroso: Si el heredero no cumple con la obligación asumida, puede desistir. La otra parte tiene el mismo derecho si existe un motivo importante.
  • Publicación: Las modalidades de publicación del testamento se aplicarán también de manera análoga al contrato de herencia por causa de muerte.
  • Nulidad de contratos de pagarés: Es nulo todo acuerdo que limite la libertad del heredero para disponer de sus bienes, a menos que reúna las condiciones para ser considerado un contrato de sucesión por causa de muerte.

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