Las ayudas comerciales pueden ser deducibles de impuestos si hay perspectivas de desarrollo
Las ayudas concedidas por una empresa a otra empresa generalmente no son deducibles de impuestos, excepto las ayudas de carácter comercial. Sin embargo, el Consejo de Estado ha aclarado recientemente que las ayudas motivadas por el desarrollo de una actividad que no ha generado volumen de negocios pueden considerarse comerciales si hay perspectivas serias de desarrollo.
Exclusión de las ayudas no comerciales
En principio, las ayudas de cualquier tipo otorgadas por una empresa a otra empresa no son deducibles de impuestos, excepto las ayudas de carácter comercial. Sin embargo, hay excepciones a esta regla. Las ayudas concedidas en virtud de un acuerdo establecido o aprobado en el marco de un procedimiento de conciliación, así como las concedidas a empresas en dificultades financieras, no están excluidas de las cargas deducibles.
El caso analizado por el Consejo de Estado
En un caso reciente, una empresa había concedido a su filial una licencia para el uso de conocimientos tecnológicos. Aunque no se preveía ninguna remuneración en el acuerdo, se especificaba que las mejoras realizadas por la filial al know-how seguirían siendo propiedad de la empresa matriz. Ante las dificultades financieras de la filial, la empresa matriz le condonó una deuda, considerando que esta ayuda tenía un carácter comercial y, por lo tanto, era deducible de impuestos.
Sin embargo, la administración tributaria cuestionó esta deducibilidad, argumentando que se trataba de una ayuda financiera y no comercial. El Consejo de Estado no estuvo de acuerdo con este análisis. Según los jueces, en el momento en que se concedió la condonación de la deuda, las perspectivas de desarrollo comercial de la tecnología propiedad de la empresa matriz parecían serias, gracias a las mejoras realizadas por la filial en el marco del contrato de licencia. Por lo tanto, la condonación de la deuda tenía principalmente un carácter comercial, a pesar de las consideraciones financieras relacionadas con las dificultades financieras de la filial. Como resultado, se anuló el ajuste del impuesto de sociedades.
Para obtener más información, consulte la decisión del Consejo de Estado aquí.