La Corte Constitucional valida propuesta para suspender el financiamiento de partidos políticos en Ecuador – La Nación –

A pesar de posiciones encontradas, la Corte Constitucional falló favorablemente sobre la propuesta del presidente Daniel Noboa de dejar de financiar partidos políticos con fondos públicos en Ecuador.

El dictamen fue firmado el 21 de noviembre de 2024 por el presidente de la Corte, Alí Lozada, casi un mes después de la resolución del Pleno. Noboa tiene así luz verde para impulsar la reforma que anunció hace 60 días a los artículos 110 y 115 de la Carta Magna.

En un comunicado, el Ministerio de Gobierno dijo que «agradece la decisión del Tribunal». Al mismo tiempo, anunció que el Presidente Noboa «enviará inmediatamente el proceso de reforma a la Asamblea Nacional» y llamó a este poder del Estado a actuar «con celeridad».

Propuesta de Daniel Noboa para dejar de financiar partidos políticos, con reparos en la Asamblea
«Este proyecto busca evitar el mal uso de recursos públicos otorgados a candidatos que, históricamente, no han sido debidamente justificados ni transparentes, y que sirven para sostener estructuras políticas obsoletas, que luego son vendidas o negociadas para promover candidaturas a costa de dinero. de los ecuatorianos”, anotó.

«Con la reforma, estos fondos se destinarán a salud, educación, seguridad y a responder a las necesidades urgentes de los ecuatorianos».

Ministerio de Gobierno
En su dictamen, el Tribunal declaró que «el procedimiento de reforma parcial, previsto en el artículo 442 de la Constitución, es adecuado para implementar la enmienda constitucional propuesta por el Presidente de la República».

En consecuencia, el Presidente «podrá ahora, si lo considera oportuno, presentar su iniciativa de reforma constitucional a la Asamblea Nacional para que continúe su elaboración, de conformidad con el artículo 442 de la Constitución», añade.

Una vez que el Ejecutivo presenta el texto, le corresponde al Parlamento elaborarlo en dos debates y luego someterlo a un plebiscito, que suele durar un año.

Por ello, la Corte ordena a la Asamblea Nacional “que, si aprueba el proyecto de reforma constitucional del Presidente de la República, de conformidad con el artículo 442 de la Constitución, transmita a este Tribunal Constitucional la convocatoria de referéndum aprobada -la cual deberá contener: dado que introduce el cuestionario, las preguntas y, en su caso, sus anexos-, para el respectivo control preventivo de constitucionalidad, de conformidad con los artículos 99 y 102 a 105 de la Ley Orgánica de Garantías de Control. jurisdiccional y constitucional.

El fallo favorable fue aprobado el 28 de octubre con los votos de los jueces Karla Andrade Quevedo, Carmen Corral Ponce, Enrique Herrería Bonnet, Teresa Nuques Martínez y Daniela Salazar Marín. En tanto, Alejandra Cárdenas Reyes, Jhoel Escudero Soliz, Alí Lozada Prado y Richard Ortiz Ortiz plantearon objeciones.

Esta es la octava propuesta de reforma a la Constitución impulsada por Noboa en un año de gobierno, en medio de la triple crisis que vive Ecuador por la inseguridad, la falta de electricidad y sus consecuencias en la economía.

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